Seguros de hogar
Año de construcción. ¿Cómo puedo saberlo?
Ubicación de la vivienda
- Casco Urbano:
- Urbanizaciones (fuera del casco urbano):
- Despoblado:
Tipo de construcción
- Hormigón, piedra, ladrillo o metal
a) Estructura totalmente de hormigón, metal, ladrillo o cantería.
b) Cubiertas con más del 90% de tejas, pizarra, chapa, metálica, ladrillo, fibrocemento y otras materias incombustibles.
c) Cerramientos o muros exteriores con más del 90% de ladrillo, piedra o cemento u otros materiales incombustibles.
- Piedra o ladrillo con vigas de madera
- Otros
¿Qué se entiende por Continente?
Es el conjunto o parte del edificio destinado a vivienda, así como las dependencias anexas al mismo:
• Construcción principal.
• Armarios empotrados, chimeneas, cerramientos..
• Dependencias y edificios anexos (garajes, trasteros)
• Cercas, muros y vallas de cerramiento o contención de tierras, así como caminos y otras superficies asfaltadas o pavimentadas de la finca.
• Zonas e instalaciones deportivas y de recreo e infraestructura de ajardinamiento.
• Instalaciones fijas de agua, gas, electricidad, telefonía, seguridad, calefacción y refrigeración.
• Antenas, placas solares, farolas, postes y elementos similares fijos.
• Elementos de ornato adheridos permanentemente a la construcción.
• En propiedades horizontales, la parte proporcional de los elementos comunes.
No se considera continente en ningún caso:
• El terreno o solar.
• Los muebles aunque sean fijos, como los de cocina.
Los árboles, plantas y jardines tampoco tienen la consideración de continente, salvo la contratación de la garantía optativa "Reconstrucción del Jardín".
¿Qué se entiende por Contenido?
Mobiliario y Enseres
Conjunto de bienes muebles que forman parte del equipamiento de la vivienda y objetos de uso ordinario de las personas que viven en ella de forma habitual:
• Muebles, incluidos los fijos, como los de cocina.
• Electrodomésticos.
• Ajuar personal (vestuario, complementos, objetos personales…) y doméstico (ropa de cama, mantelerías, toallas…).
• Menaje, víveres y provisiones.
• Herramientas de uso doméstico, utensilios de jardinería, bicicletas, patines, sillas de ruedas…
• Joyas, con un límite automático de 3.000€ pero ampliable en todo momento.
Joyas
Se entiende por joya el objeto o pieza de mero ornato personal en cuya composición intervenga oro, platino u otros metales nobles y/o piedras preciosas o perlas en cualquier proporción.
Fácil inclusión, sobre el límite automático. Con la obligación de declarar joyas cuyo valor unitario sea superior a 6.000€, si no están declaradas no quedarán cubiertas por el seguro.
Obras de Arte y Objetos Especiales
Bienes con un valor unitario, individual o del conjunto de objetos que constituyan una colección o juego, superior a 3.000 euros. En concreto:
• Cuadros, dibujos, obras gráficas, esculturas y, en general, objetos con un valor específico y reconocido en el mercado del arte..
• Antigüedades.
• Alfombras y tapices.
• Colecciones filatélicas y numismáticas.
• Cuberterías u objetos de plata.
• Abrigos de piel.
• Relojes, estilográficas y mecheros, aún de metales y/o piedras preciosos.
• Objetos decorativos de metales y/o piedras preciosos.
• Instrumentos musicales.
No se considera incluido en el seguro cualquier objeto de valor unitario superior a 6.000 euros que no haya sido declarado de forma separada y con imputación de su valor en las condiciones particulares.
El capital asegurado para estos bienes se considera a valor total.
No tienen consideración de Obras de arte y objetos especiales:
• Lingotes o piezas de oro u otros metales preciosos sin función ornamental.
• Piedras preciosas o perlas sin engarzar o destinadas a usos profesionales.
¿Cómo se complementan mi póliza de Hogar y la de mi Comunidad?
Si tu comunidad dispone de un seguro –como el seguro de Comunidades– sólo deberías asegurar el Continente a Primer Riesgo, además del Contenido y la Responsabilidad Civil.
Si llevo enseres de viaje, ¿también están asegurados?
Sí, a través de de garantías fuera de la vivienda.
¿Puedo estar asegurado si sólo soy inquilino?
Si resides en una vivienda alquilada también necesitas un buen seguro, pero sólo precisas contratar las Obras de Reforma o el Continente a Primer Riesgo, la Responsabilidad Civil y el Contenido.
¿Tengo que contratar todas las coberturas o puedo escogerlas?
Con el seguro de Hogar dispones de Paquetes de contratación, de tal forma que con sólo indicar los datos de la vivienda y del cliente y los capitales solicitados, se oferta hasta un máximo de tres modalidades o paquetes (Hogar Práctico, Hogar Confortable y Hogar Exclusivo). La emisión de la póliza es más sencilla, pues sólo hace falta elegir uno de ellos.
O si esto no te conviene puedes hacer una contratación a la carta, configuración libre y flexible del seguro de hogar. A partir de un estándar recomendado, que no olvida lo más importante, se pueden contratar garantías optativas y distintos límites, dentro de las reglas de negocio, para hacer un seguro que puede satisfacer al cliente más exigente. También es posible excluir determinadas garantías básicas si lo que se busca es una cobertura mínima.
¿Qué es la Revalorización Automática de Capitales?
Año tras año vas adquiriendo o sustituyendo diferentes elementos tanto del continente como del contenido de tu hogar con lo que las sumas aseguradas cada vez están más alejadas de la realidad. Con el fin de que puedas ser indemnizado por el valor real de sus bienes en caso de siniestro, existe la Revalorización automática de Capitales, un coeficiente que se aplica periódica y automáticamente para ir adecuando los valores reales a la suma asegurada.